Me parecen interesantes las siguientes consideraciones, aparecidas en carta de lectores:
"La Constitución de 1994, en su aclaración sobre lo nuevo y lo que cambió con respecto a enmiendas anteriores, dice sobre los tratados internacionales: «Se incorpora con rango constitucional una serie de tratados internacionales sobre derechos humanos, entre ellos el Pacto de San José de Costa Rica».
"El Protocolo a la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la abolición de la pena de muerte, aprobado en Asunción, Paraguay, el 8 de junio de 1990, que contiene cuatro artículos resolutivos, dice en el primero de ellos: «Los Estados partes en el presente Protocolo no aplicarán en su territorio la pena de muerte a ninguna persona sometida a su jurisdicción». El artículo 4 especifica: «El presente protocolo entrará en vigencia, para los Estados que lo ratifiquen o adhieran a él, a partir del depósito del correspondiente instrumento de ratificación o adhesión en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA)».
"La República Argentina firmó este protocolo el 12/12/06, lo ratificó el 6/2/08 y entregó el instrumento de ratificación el 9 de mayo de 2008."
Graduada en arquitectura en la UNL, posgrado en Planeamiento Regional y Urbano UNL, paisajista autodidacta, tiene una oficina de diseño de jardines, participa el la ong. AMIGOS DEL ÁRBOL, ha dado clases de historia en la Escuela de Diseño del Paisaje. Tiene una mirada crítica sobre los espacios públicos de la ciudad y a veces protesta como una tía vieja. En 2006 acaba de cumplir 70 y de ser abuela y lo festeja con un blog. Debería haberse empezado por decir que hizo los primeros años de la escuela primaria en la escuela Carrasco, que en esa época dirigía Olga Cosettini y que quizás ese hermoso proyecto: la “Escuela Serena” puso en ella la semilla del amor a la naturaleza, incluida la humanidad.
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